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Seguridad Privada: Se encuentra disponible el Registro Público Digital

Las empresas prestatarias deben poseer la habilitación correspondiente que emite la Provincia.

Seguridad Privada: Se encuentra disponible el Registro Público Digital

Las empresas prestatarias deben poseer la habilitación correspondiente que emite la Provincia.

Cuando se contratan servicios de Seguridad Privada es importante verificar que la empresa cumpla correctamente con el Régimen de Prestadores Privados de Seguridad (Ley 10.571).

La empresa debe tener habilitación del ente de contralor del Estado provincial, para demostrar la capacidad de responder mediante garantías solventes, exigiendo los Seguros de Responsabilidad Civil por la actividad.

La No Habilitación de la Empresa y del Personal deja en total vulnerabilidad a los clientes que contratan los servicios para su protección, siendo solidariamente responsables en todo incumplimiento de esta disposición.

De ahí que el incumplimiento de la normativa afecta directamente al cliente.

Para acceder al registro público de empresas y personal de la seguridad de la Provincia de Córdoba es necesario ingresar a la plataforma digital CiDi: www.cidi.cba.gov.ar.

En el buscador se debe escribir: Prestadores de Seguridad Privada.

Allí se podrá acceder al registro de empresas y personal de seguridad habilitado en la Provincia de Córdoba.

Fuente: Gobierno de Córdoba

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