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El Gobierno promulgó la reforma y ya rige la nueva “Modernización Laboral”

La ley finalmente se publicó con 25 capítulos, tras haber eliminado en las negociaciones previas los artículos que modificaban las licencias médicas

El Gobierno promulgó la reforma y ya rige la nueva “Modernización Laboral”

La ley finalmente se publicó con 25 capítulos, tras haber eliminado en las negociaciones previas los artículos que modificaban las licencias médicas

A través del Decreto 137/2026, el presidente Javier Milei promulgó la Ley Nº 27.802 de Modernización Laboral, que ya entró en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial. La norma, que fue el eje central de las sesiones extraordinarias, introduce cambios profundos en las indemnizaciones, la jornada de trabajo y el poder de los sindicatos. Con las firmas de Milei, Manuel Adorni y Sandra Pettovello, el oficialismo busca “abaratar” el costo de los despidos para fomentar la contratación y establece un nuevo esquema de blanqueo para reducir la informalidad.

La ley finalmente se publicó con 25 capítulos, tras haber eliminado en las negociaciones previas los artículos que modificaban las licencias médicas. Entre los puntos más polémicos y destacados, aparece el nuevo cálculo indemnizatorio que excluye premios y aguinaldos, la posibilidad de extender la jornada hasta las 12 horas diarias y una fuerte restricción al derecho de huelga en servicios que el Gobierno considera “esenciales” o “trascendentales”.

El nuevo régimen busca dar previsibilidad a las empresas, especialmente a las pymes, estableciendo topes claros y planes de pago para las sentencias judiciales. La base para la indemnización ya no incluirá el aguinaldo, propinas ni premios. El tope máximo será de tres salarios promedio de la actividad, con un piso del 67% de la remuneración habitual. Las grandes empresas podrán pagar sentencias de despido en hasta 6 meses, mientras que las pymes tendrán un plazo de hasta un año.

Se crean cuentas inembargables financiadas por aportes patronales (1% en grandes y 2,5% en pymes) para garantizar el cobro de las indemnizaciones. Se introduce el “salario dinámico”, permitiendo que los convenios aten parte del sueldo al rendimiento o mérito del trabajador.

La reforma también mete mano en la vida cotidiana dentro de las empresas y en la capacidad de protesta de los gremios. Se habilitan esquemas de “bancos de horas” donde se puede trabajar hasta 12 horas por día, siempre que haya acuerdo y se respeten las 12 horas de descanso entre turnos. Se mantiene el período estival, pero ahora se permite fraccionar el descanso en períodos de al menos 7 días.

En servicios esenciales (salud, agua, aeronáutica) se deberá garantizar un 75% de prestación. En servicios “trascendentales” (transporte, alimentos, construcción), el mínimo será del 50%. Los delegados deberán pedir autorización previa al empleador para realizar asambleas que afecten la producción.

Para atacar la desocupación y el trabajo en negro, la ley ofrece una “amnistía” a los empleadores y beneficios impositivos a quienes apuesten por el país a mediano plazo.

El Programa de Promoción del Empleo Registrado permite condonar hasta el 70% de las deudas por aportes a quienes blanqueen trabajadores. Además, habrá reducciones en las contribuciones patronales para quienes contraten personal nuevo que no estuviera registrado antes de diciembre de 2025.

La norma también apunta a las inversiones de entre USD 150.000 y USD 9 millones, otorgándoles beneficios como la devolución anticipada de IVA y amortización acelerada en Ganancias. Para frenar la litigiosidad, se estableció que los honorarios de los abogados no podrán superar el 25% del monto reclamado y los acuerdos homologados tendrán fuerza de sentencia firme, evitando que las causas se reabran años después.

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