
Farmacias venderán medicamentos para mascotas
Alberto Fernández firmó un decreto que habilita a las farmacias a suministrar medicamentos de su vademécum
El presidente Alberto Fernández mantuvo una reunión con el vicepresidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), Rodolfo Acerbi, y el coordinador nacional del Programa Protenencia, Juan Enrique Romero, en la cual se anunció la publicación de un decreto que habilita a las farmacias a suministrar medicamentos de su vademécum ante recetas firmadas por veterinarios para uso en animales de compañía.
El encuentro se realizó en la Quinta de Olivos y participaron representantes de academias universitarias y de asociaciones de veterinarios. Allí se anticipó la publicación del decreto 185/2023, emitido el 4 de este mes, que cuenta con el impulso del Ministerio de Salud de la Nación, se informó oficialmente.
La iniciativa considera “de interés sanitario” la actividad que desarrollan los médicos veterinarios al favorecer un enfoque integral con el fin de abordar la prevención y el manejo de las enfermedades que constituyen amenazas para la salud ligadas a la interrelación entre los seres humanos, los animales y el ambiente, señala la información.
El reconocimiento de la profesión veterinaria se venía consolidando tras la pandemia. Esta decisión presidencial la ubica en una valoración equivalente a los médicos, lo cual es muy importante. En el ámbito de las ciencias y del concepto de Una Salud, el rol de los médicos y de los veterinarios se mancomuna en pos de un mismo objetivo: la salud pública, animal y ambiental.
Día a día nuestros animales de compañía requieren de una mayor complejidad medicamentosa ante los avances de la medicina veterinaria argentina, cosa que este acto presidencial repara y contempla.
El decreto sustituye el inciso c) del artículo 25 de la reglamentación de Ley 17.565, por el siguiente texto: “Vigilar que en la farmacia bajo su dirección sólo se acepten las recetas extendidas por las personas autorizadas por la Ley Nº 17.132 a efectuarlas, así como por todo médico veterinario matriculado y toda médica veterinaria matriculada ante la autoridad jurisdiccional competente según lo establezca la normativa vigente”.
La medida es respaldada por las facultades de Ciencias Veterinarias nacionales, las sociedades de Medicina Veterinaria y Argentina de Oncología Veterinaria y la Academia Nacional de Agronomía y Veterinaria.